• Protocolo de Estambul

    3.2 El ejercicio de la psicología en el marco internacional de los DDHH. Atención y trabajo con subjetividades en situación de vulnerabilidad.

    • Protocolo de Estambul (2006): Procedimiento y actuación del Psicólogoa/as en casos de torturas, violencias y delitos de lesa humanidad, responsabilidad social.

    Consignas

    1.     Revisar el Protocolo de Estambul

    2.     Visualizar los dos videos cargados en el campus, en el presente apartado

    3.     Responder:

    a)     ¿Cuál es el concepto de Tortura que se maneja? Cómo pensarlo en vinculación a nuestras pŕacticas y el marco de los DDHH

    b)    Resumir las coordenadas éticas que resultan indispensables para nuestro ejercicio profesional frente a víctimas de tortura. Sobre todo en torno a cap. 2, punto b, c, d.

    c)     ¿Qué síntomas psíquicos pueden rastrearse?

    d)    ¿Qué condiciones deben garantizarse en la entrevista con víctimas de tortura?

    La actividad puede realizarse de modo individual o grupal.